Módulo 1º GA: EMPRESA Y ADMINISTRACIÓN
- UD.2 Innovación empresarial (mcgraw)
- https://www.ecoemprende.com/innovacion-social/
- https://socialenterprise.es/programas/espacios/la-noria/
Bases de datos en materia tributaria
Aplicaciones informáticas
037- teoria
- Ser persona física.
- Residente en España
- No estar incluido en los regímenes especiales del IVA excepto
(1) Régimen simplificado
(2) Recargo de equivalencia
(3) REAGP
(4) Criterio de caja. - También se requiere que su domicilio fiscal coincida con el de la gestión administrativa, que no realicen adquisiciones intracomunitarias ni estén inscritos en el registro de devolución mensual, ni realicen ventas a distancia, ni sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales, ni del Impuesto sobre Primas de Seguros ni satisfagan rendimientos de capital mobiliario.
- Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: obligaciones censales.
- ¿Quién debe utilizar los modelos 036 y 037?
- Causas de presentación
- Plazo de presentación
- Forma de presentación
- Documentación a adjuntar en la presentación de los modelos censales
- Guía práctica para cumplimentación de los modelos censales 036 y 037
- Cumplimentación de los modelos 036 y 037
Autoevaluación
Caso práctico
Ejercicio Resuelto 1
Antonio A A con NIF 1000B está casado con Luisa B B y con NIF 2000E. Ambos residen en Andalucía, nacieron el 1 de enero de 1960 y uno de enero de 1980 respectivamente y tienen dos hijos comunes, Luisa, nacida el 1 de enero de 2018 y Pedro, nacido el 1 de enero de 2017. Antonio tiene con una mujer anterior otros dos hijos que conviven con él. Antonio, con NIF 3000X, nacido el 1 de enero de 2000 y Enriqueta, con NIF 4000K nacida el 1 de enero de 2002. Enriqueta tiene un hijo, Guillermo, nacido el 1 de enero de 2019.
1. Calcular el mínimo familiar de Antonio si hace declaración individual.
2. Calcular el mínimo familiar de Luisa si hace declaración individual.
3. Calcular el mínimo familiar del matrimonio si optan por la tributación conjunta.
4. ¿Cuántas posibles unidades familiares hay?
5. ¿Cuántas posibles unidades familiares habría si en vez de estar casados solo convivieran?
6. En el caso de que no hubiera matrimonio y Luisa tributara conjuntamente con sus dos hijos, ¿Cuál sería el mínimo familiar de Antonio?
7. En el caso de que no hubiera matrimonio y Luisa tributara conjuntamente con sus dos hijos, pero uno de los hijos comunes, por ejemplo, Pedro, tuviera una renta de 2.000 euros ¿Cuál sería el mínimo familiar de Luisa?
Ejercicio Resuelto 2
El padre de Antonio nacido en 1930 tiene un grado de discapacidad del 38% y tiene movilidad reducida.
1. Determinar el mínimo por ascendientes y por discapacidad de Antonio si su padre tiene una pensión exenta de 17.000 euros anuales y ha vivido 7 meses con él.
2. Determinar esos mismos mínimos en caso de que con Antonio también conviviese un hermano.
3. Si Antonio convive además de con su padre, teniendo este una pensión no exenta de 12.000, con su abuelo que no tiene rentas, calcular los mínimos por ascendientes de Antonio.
4. Calcular estos mínimos si el padre de Antonio tiene una discapacidad del 38% y movilidad reducida.
5. Si Antonio convive además de con su padre, teniendo este una pensión exenta de 12.000, con su abuelo, calcular los mínimos por ascendientes de Antonio.
6. El padre de Antonio ha fallecido el 7 de junio y estuvo viviendo con él hasta el 7 de abril, yéndose a partir de esa fecha a vivir con un hermano de Antonio. Calcular el mínimo por ascendiente y por discapacidad de Antonio y de su hermano.
Caso práctico
Ejercicio Resuelto
Dª. Ana con NIF 1000B, nacida en 1980, tiene una discapacidad del 40%. Está casada con D. Pedro (NIF 2000E), nacido en 1981. Tienen un hijo, Luis (NIF 3000X ), nacido en 2002. Viven en Córdoba. Dª Ana estaba desempleada y acepta un puesto de trabajo en Granada y como consecuencia de ello se trasladan a vivir allí el 15 de febrero. D. Pedro, médico, deja su anterior trabajo en un hospital y busca otro en esta ciudad. Luis, que estaba desempleado también busca trabajo y el 1 de marzo empieza a trabajar en la hostelería.
Calcular el rendimiento neto del trabajo de cada uno de los miembros de la unidad familiar:
1.- Dª Ana ha obtenido las siguientes retribuciones:
- Sueldo: 25.000 euros.
- Cotizaciones Seguridad Social: 1000 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 6.000 euros.
- Retenciones: 2000 euros.
La empresa, que se dedica a la hostelería, le hizo entrega de un cheque hotel valorado en 1.000 euros, haciéndole un ingreso a cuenta que le ha repercutido de 80 euros. Además, la empresa ha abonado 1.200 euros a un plan de pensiones del régimen especial de personas con discapacidad. Abona a su colegio profesional una cuota de 100 euros, aunque la colegiación no es obligatoria.
Ha abonado al sindicato 120 euros.
Dª. Ana con NIF 1000B, nacida en 1980, tiene una discapacidad del 40%. Está casada con D. Pedro (NIF 2000E), nacido en 1981. Tienen un hijo, Luis (NIF 3000X ), nacido en 2002. Viven en Córdoba. Dª Ana estaba desempleada y acepta un puesto de trabajo en Granada y como consecuencia de ello se trasladan a vivir allí el 15 de febrero. D. Pedro, médico, deja su anterior trabajo en un hospital y busca otro en esta ciudad. Luis, que estaba desempleado también busca trabajo y el 1 de marzo empieza a trabajar en la hostelería.
Calcular el rendimiento neto del trabajo de cada uno de los miembros de la unidad familiar:
1.- Dª Ana ha obtenido las siguientes retribuciones:
- Sueldo: 25.000 euros.
- Cotizaciones Seguridad Social: 1000 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 6.000 euros.
- Retenciones: 2000 euros.
La empresa, que se dedica a la hostelería, le hizo entrega de un cheque hotel valorado en 1.000 euros, haciéndole un ingreso a cuenta que le ha repercutido de 80 euros. Además, la empresa ha abonado 1.200 euros a un plan de pensiones del régimen especial de personas con discapacidad. Abona a su colegio profesional una cuota de 100 euros, aunque la colegiación no es obligatoria.
Ha abonado al sindicato 120 euros.
2.- Las retribuciones de D. Pedro fueron las siguientes:
- En Córdoba
- Sueldo 4.200 euros
- Cotizaciones S.S.: 160 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 960 euros.
- Retenciones: 800 euros.
- Como no estaba de acuerdo con el finiquito de la empresa contrató un abogado que le pasó una minuta de 500 euros.
- En Granada:
- Sueldo: 40.000 euros
- Cotizaciones Seguridad Social: 2.000 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 12.000
- Retenciones: 8.300 euros.
Además, la empresa le entregó una cesta de Navidad valorada en 1.000 euros sin que le repercutiera un ingreso a cuenta de 210 euros.
Ha abonado al colegio médico 50 euros mensuales.
2.- Las retribuciones de D. Pedro fueron las siguientes:
- En Córdoba
- Sueldo 4.200 euros
- Cotizaciones S.S.: 160 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 960 euros.
- Retenciones: 800 euros.
- Como no estaba de acuerdo con el finiquito de la empresa contrató un abogado que le pasó una minuta de 500 euros.
- En Granada:
- Sueldo: 40.000 euros
- Cotizaciones Seguridad Social: 2.000 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 12.000
- Retenciones: 8.300 euros.
Además, la empresa le entregó una cesta de Navidad valorada en 1.000 euros sin que le repercutiera un ingreso a cuenta de 210 euros.
Ha abonado al colegio médico 50 euros mensuales.
3.- Las retribuciones de Luis han sido las siguientes:
- Sueldo: 10.000 euros
- Cotizaciones Seguridad Social: 400 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 2.400 euros.
- Retenciones: 0 euros.
3.- Las retribuciones de Luis han sido las siguientes:
- Sueldo: 10.000 euros
- Cotizaciones Seguridad Social: 400 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa: 2.400 euros.
- Retenciones: 0 euros.
Debes conocer
Caso práctico Rdtos. capital mobiliario
Ejercicio Resuelto
D. Roberto Merino es un separado que vive de unas inversiones que tiene.
- Es dueño de su vivienda habitual, que compró en el año 2000 por un valor de 100.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 70.000 euros, de los cuales 38.000 corresponden al suelo.
- También compró en el año el apartamento de la playa 2.007 por un valor de 120.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral de 80.000 euros revisado hace 12 años, de los cuales 45.000 corresponden al suelo.
- En 2008 compró una vivienda por un valor de 70.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 40.000 euros, de los cuales 10.000 corresponden al suelo. La tiene arrendada por un importe de 300 euros mensuales y para su compra recibió un 300 préstamo de su madre a la que le ha pagado este año por ello 3.000 euros anuales de amortización de capital y 1000 euros de intereses. Los gastos de comunidad ascienden a 20 euros mensuales y los repercute al inquilino. El IBI de esta vivienda asciende a 150 euros y además hizo una reparación de fontanería por importe de 3.000 euros a su costa.
- Heredó a la muerte de su padre en 2002 una vivienda que tiene arrendada a su sobrino. La junta de Andalucía, con ocasión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se la valoró en 120.000 euros y tiene un valor catastral revisado hace 8 años de 70.000 euros, de los cuales 30.000 corresponden al suelo. Su sobrino le abona 100 euros mensuales y los gastos que ha abonado D. Roberto se limitan a 100 euros de IBI.
- Conserva su anterior vivienda, que es común con su anterior mujer y en sentencia judicial se le ha atribuido a ella hasta que el hijo de ambos alcance la mayoría de edad o termine sus estudios. La compraron en 2004 por un precio de 100.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 70.000 euros, de los cuales 40.000 corresponden al suelo.
- En 2016 dejó la explotación de una cafetería de su propiedad y arrendó el negocio por un canon arrendaticio de 1.000 euros mensuales. En el arrendamiento están incluido las instalaciones, mobiliario, etc…La amortización del local asciende a 1000 euros y la del mobiliario a 200 euros. Le corresponde pagar el IBI que asciende a 600 euros siendo el resto de los gastos a cargo del arrendatario.
- Tiene una imposición a plazo fijo que le ha reportado 5.000 euros con una comisión de 50 euros
- Tiene acciones del Banco de Belalcázar que le han reportado unos dividendos de 7.000 euros. Le ha cobrado el banco 100 euros por gastos de administración y depósito.
- En 2010 invirtió un capital que ha vencido este año. La imposición fue una prima única de 10.000 euros y al vencimiento ha recibido 11.000 euros.
- En 2011, con 42 años, contrató una renta vitalicia inmediata por la que abonó un capital de 60.000 euros que le está dejando una renta de 4.000 euros anuales.
Calcular los rendimientos del capital y las imputaciones de rentas inmobiliarias.
D. Roberto Merino es un separado que vive de unas inversiones que tiene.
- Es dueño de su vivienda habitual, que compró en el año 2000 por un valor de 100.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 70.000 euros, de los cuales 38.000 corresponden al suelo.
- También compró en el año el apartamento de la playa 2.007 por un valor de 120.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral de 80.000 euros revisado hace 12 años, de los cuales 45.000 corresponden al suelo.
- En 2008 compró una vivienda por un valor de 70.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 40.000 euros, de los cuales 10.000 corresponden al suelo. La tiene arrendada por un importe de 300 euros mensuales y para su compra recibió un 300 préstamo de su madre a la que le ha pagado este año por ello 3.000 euros anuales de amortización de capital y 1000 euros de intereses. Los gastos de comunidad ascienden a 20 euros mensuales y los repercute al inquilino. El IBI de esta vivienda asciende a 150 euros y además hizo una reparación de fontanería por importe de 3.000 euros a su costa.
- Heredó a la muerte de su padre en 2002 una vivienda que tiene arrendada a su sobrino. La junta de Andalucía, con ocasión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se la valoró en 120.000 euros y tiene un valor catastral revisado hace 8 años de 70.000 euros, de los cuales 30.000 corresponden al suelo. Su sobrino le abona 100 euros mensuales y los gastos que ha abonado D. Roberto se limitan a 100 euros de IBI.
- Conserva su anterior vivienda, que es común con su anterior mujer y en sentencia judicial se le ha atribuido a ella hasta que el hijo de ambos alcance la mayoría de edad o termine sus estudios. La compraron en 2004 por un precio de 100.000 euros, impuestos y gastos incluidos y tiene un valor catastral revisado hace 5 años de 70.000 euros, de los cuales 40.000 corresponden al suelo.
- En 2016 dejó la explotación de una cafetería de su propiedad y arrendó el negocio por un canon arrendaticio de 1.000 euros mensuales. En el arrendamiento están incluido las instalaciones, mobiliario, etc…La amortización del local asciende a 1000 euros y la del mobiliario a 200 euros. Le corresponde pagar el IBI que asciende a 600 euros siendo el resto de los gastos a cargo del arrendatario.
- Tiene una imposición a plazo fijo que le ha reportado 5.000 euros con una comisión de 50 euros
- Tiene acciones del Banco de Belalcázar que le han reportado unos dividendos de 7.000 euros. Le ha cobrado el banco 100 euros por gastos de administración y depósito.
- En 2010 invirtió un capital que ha vencido este año. La imposición fue una prima única de 10.000 euros y al vencimiento ha recibido 11.000 euros.
- En 2011, con 42 años, contrató una renta vitalicia inmediata por la que abonó un capital de 60.000 euros que le está dejando una renta de 4.000 euros anuales.
Calcular los rendimientos del capital y las imputaciones de rentas inmobiliarias.
Caso práctico rdtos. activid. económicas
Ejercicio Resuelto
1.- D. Antonio Luque es titular de una actividad empresarial que consiste en el arrendamiento de un edificio de 28 viviendas. Tiene una persona contratada laboralmente a jornada completa para que le realice el mantenimiento del edificio y se encargue de la información a posibles inquilinos y de la entrega y recepción de las viviendas cuando se arriendan o cuando finalizan los contratos. La gestión de la actividad la lleva D. Antonio desde su propio domicilio. D. Antonio acude a nosotros para que le confeccionemos su declaración de la renta determinando el rendimiento de su actividad empresarial. ¿Qué le debemos explicar?
1.- D. Antonio Luque es titular de una actividad empresarial que consiste en el arrendamiento de un edificio de 28 viviendas. Tiene una persona contratada laboralmente a jornada completa para que le realice el mantenimiento del edificio y se encargue de la información a posibles inquilinos y de la entrega y recepción de las viviendas cuando se arriendan o cuando finalizan los contratos. La gestión de la actividad la lleva D. Antonio desde su propio domicilio. D. Antonio acude a nosotros para que le confeccionemos su declaración de la renta determinando el rendimiento de su actividad empresarial. ¿Qué le debemos explicar?
2.- D. Luis Sánchez trabaja como profesor en colegio. Además, daba clases particulares en su domicilio, hasta que, a mediados del ejercicio fiscal, dado el elevado número de alumnos que tenía, alquiló un local donde continuó su labor docente. ¿Cómo calificaremos estos rendimientos?
2.- D. Luis Sánchez trabaja como profesor en colegio. Además, daba clases particulares en su domicilio, hasta que, a mediados del ejercicio fiscal, dado el elevado número de alumnos que tenía, alquiló un local donde continuó su labor docente. ¿Cómo calificaremos estos rendimientos?
3.- D. Isabel Pérez está contratada laboralmente por una multinacional para que le tramite ante los juzgados los impagos. Además, al margen de su trabajo en esta empresa, ejerce como abogada en un despacho con otro compañero. Califique su actividad.
3.- D. Isabel Pérez está contratada laboralmente por una multinacional para que le tramite ante los juzgados los impagos. Además, al margen de su trabajo en esta empresa, ejerce como abogada en un despacho con otro compañero. Califique su actividad.
4.- D. Enrique Abad, abogado, ejerce su actividad profesional en su vivienda, donde tiene un despacho que representa el 20% de la superficie de la misma. ¿Puede afectarse una parte de la vivienda a la actividad profesional?
4.- D. Enrique Abad, abogado, ejerce su actividad profesional en su vivienda, donde tiene un despacho que representa el 20% de la superficie de la misma. ¿Puede afectarse una parte de la vivienda a la actividad profesional?
5.- Alonso Rodríguez es un veterinario que trabaja para los ganaderos de una localidad de la sierra cordobesa. Tiene un automóvil todoterreno acondicionado para transportar el instrumental de su profesión, dedicándolo solo para la actividad, aunque algunos fines de semana, cuando termina su trabajo, se desplaza con él a una vivienda que tiene en el campo. ¿Cabe afectarlo a la actividad profesional?
5.- Alonso Rodríguez es un veterinario que trabaja para los ganaderos de una localidad de la sierra cordobesa. Tiene un automóvil todoterreno acondicionado para transportar el instrumental de su profesión, dedicándolo solo para la actividad, aunque algunos fines de semana, cuando termina su trabajo, se desplaza con él a una vivienda que tiene en el campo. ¿Cabe afectarlo a la actividad profesional?
6.- Dª. Juana López es una transportista autónoma que posee un vehículo mixto con el que desarrolla la actividad de transporte de mercancías por carretera. Además, en algunas ocasiones adapta la caja del mismo como vivienda para ir a alguna romería o para pasar alguna semana de vacaciones.
6.- Dª. Juana López es una transportista autónoma que posee un vehículo mixto con el que desarrolla la actividad de transporte de mercancías por carretera. Además, en algunas ocasiones adapta la caja del mismo como vivienda para ir a alguna romería o para pasar alguna semana de vacaciones.
7.- Fernando Suárez es un profesional que además ejerce una actividad empresarial susceptible de estar en el régimen de estimación objetiva. ¿Puede desarrollar su actividad empresarial en este régimen?
7.- Fernando Suárez es un profesional que además ejerce una actividad empresarial susceptible de estar en el régimen de estimación objetiva. ¿Puede desarrollar su actividad empresarial en este régimen?
8.- María Pita tiene una actividad por la que ha facturado en el ejercicio anterior 280.000 euros y otra por la que ha facturado 70.000 euros. Ambas son susceptibles de estar en régimen de estimación objetiva. Determinar el régimen de estimación aplicable a cada una de ellas.
8.- María Pita tiene una actividad por la que ha facturado en el ejercicio anterior 280.000 euros y otra por la que ha facturado 70.000 euros. Ambas son susceptibles de estar en régimen de estimación objetiva. Determinar el régimen de estimación aplicable a cada una de ellas.
9.- Luisa Franco está en régimen de estimación objetiva por su actividad, pero el 15 de mayo se da de alta como arquitecto. Determinar el régimen de estimación de cada una de las actividades a partir del 15 de mayo.
9.- Luisa Franco está en régimen de estimación objetiva por su actividad, pero el 15 de mayo se da de alta como arquitecto. Determinar el régimen de estimación de cada una de las actividades a partir del 15 de mayo.
10. Lucía Sánchez venía ejerciendo la actividad de arquitectura en estimación directa simplificada. El 15 de septiembre abre un negocio de hostelería optando por el renunciando a la estimación objetiva y a la modalidad simplificada de la estimación directa. Determinar el régimen y modalidad aplicables a ambas actividades.
10. Lucía Sánchez venía ejerciendo la actividad de arquitectura en estimación directa simplificada. El 15 de septiembre abre un negocio de hostelería optando por el renunciando a la estimación objetiva y a la modalidad simplificada de la estimación directa. Determinar el régimen y modalidad aplicables a ambas actividades.
Caso práctico rdtos. activ. economicas ED.
Ejercicio Resuelto 1
Don Juan Rodríguez con NIF 1000B está casado con doña Esperanza Sánchez, con NIF 2000B en régimen de gananciales. Tienen una hija, Luisa, nacida en 2002 y con NIF 3000X. Ambos han nacido en 1960. Es titular de un bar matriculado en el epígrafe 673.2 del IAE. No ha renunciado a la estimación objetiva.
Ha tenido una persona contratada y la actividad la ejerce en un local que adquirió por 200.000 euros, teniendo un valor catastral de 100.000 euros. El valor catastral de la construcción asciende a 60.000 euros.
Los ingresos íntegros de su actividad el año anterior ascendieron a 260.000 euros.
Según los datos que constan en sus libros registros, los ingresos y gastos correspondientes a 2019, son los siguientes:
- Ingresos íntegros: 220.000 euros.
- Gastos:
- Gastos de personal:
- Sueldos y salarios: 18.000 euros. En esta partida no se han recogido 2.000 euros que le ha abonado a su hija que trabaja habitualmente los sábados por la mañana, aunque no está dada de alta en la seguridad social. .
- Seguridad social del trabajador: 5.000 euros. A su hija no la ha dado de alta en la seguridad social.
- RETA del empresario: 3.200 euros.
- Aprovisionamientos:
- Existencias iniciales: 3.000
- Compras: 50.000 euros
- Existencias finales: 4.000
- IBI del local: 1.200 euros
- Suministros:
- Agua: 500 euros
- Electricidad: 5.000 euros.
- Gas: 3.600 euros.
- Telefonía: 480 euros.
- Reparaciones y conservación: 4.000 euros
- Amortización del local: 4.800 euros.
Determinar el rendimiento neto de la actividad según el supuesto anterior
Don Juan Rodríguez con NIF 1000B está casado con doña Esperanza Sánchez, con NIF 2000B en régimen de gananciales. Tienen una hija, Luisa, nacida en 2002 y con NIF 3000X. Ambos han nacido en 1960. Es titular de un bar matriculado en el epígrafe 673.2 del IAE. No ha renunciado a la estimación objetiva.
Ha tenido una persona contratada y la actividad la ejerce en un local que adquirió por 200.000 euros, teniendo un valor catastral de 100.000 euros. El valor catastral de la construcción asciende a 60.000 euros.
Los ingresos íntegros de su actividad el año anterior ascendieron a 260.000 euros.
Según los datos que constan en sus libros registros, los ingresos y gastos correspondientes a 2019, son los siguientes:
- Ingresos íntegros: 220.000 euros.
- Gastos:
- Gastos de personal:
- Sueldos y salarios: 18.000 euros. En esta partida no se han recogido 2.000 euros que le ha abonado a su hija que trabaja habitualmente los sábados por la mañana, aunque no está dada de alta en la seguridad social. .
- Seguridad social del trabajador: 5.000 euros. A su hija no la ha dado de alta en la seguridad social.
- RETA del empresario: 3.200 euros.
- Aprovisionamientos:
- Existencias iniciales: 3.000
- Compras: 50.000 euros
- Existencias finales: 4.000
- IBI del local: 1.200 euros
- Suministros:
- Agua: 500 euros
- Electricidad: 5.000 euros.
- Gas: 3.600 euros.
- Telefonía: 480 euros.
- Reparaciones y conservación: 4.000 euros
- Amortización del local: 4.800 euros.
- Gastos de personal:
Determinar el rendimiento neto de la actividad según el supuesto anterior
Ejercicio Resuelto 2
A la muerte de su esposa, D. Luis Sánchez decide abrir un supermercado en el local que hereda de su madre su hijo Antonio de 16 años. Locales similares se están arrendando por 300 euros mensuales. D. Luis renuncia a la estimación objetiva y en sus libros recoge las siguientes operaciones:
- Ingresos por ventas: 54.000 euros.
- Mobiliario y enseres: 30.000 euros.
- Compras de mercaderías: 27.000 euros.
- Existencias finales: 3.000 euros.
- Intereses por pagos aplazados: 400 euros.
- Gastos de asesoría: 1.200 euros.
D. Luis quiere presentar su declaración de forma que el rendimiento de su actividad sea el menor posible.
A la muerte de su esposa, D. Luis Sánchez decide abrir un supermercado en el local que hereda de su madre su hijo Antonio de 16 años. Locales similares se están arrendando por 300 euros mensuales. D. Luis renuncia a la estimación objetiva y en sus libros recoge las siguientes operaciones:
- Ingresos por ventas: 54.000 euros.
- Mobiliario y enseres: 30.000 euros.
- Compras de mercaderías: 27.000 euros.
- Existencias finales: 3.000 euros.
- Intereses por pagos aplazados: 400 euros.
- Gastos de asesoría: 1.200 euros.
D. Luis quiere presentar su declaración de forma que el rendimiento de su actividad sea el menor posible.
Debes conocer
Caso práctico activ. económicas en EO (módulos)
Ejercicio Resuelto
D. Ignacio Barea, que nunca había sido empresario, inició el año pasado la actividad calificada como otros cafés y bares del epígrafe 673.2. Para ello alquiló en Córdoba un local y contrató a 3 personas asalariadas a jornada completa y con contrato indefinido. D. Ignacio ha decidido llevar únicamente la gestión del negocio, lo que supone un total de 450 horas anuales y no desarrolla ninguna otra actividad económica ni laboral.
El 1 de enero ha contratado otra persona a jornada completa con contrato indefinido y el 1 de octubre contrató otros dos empleados que permanecían en la empresa a 31 de diciembre habiendo trabajado cada uno 450 horas. Las retribuciones totales satisfechas al personal ascendieron a 40.000,00 euros.
La barra del bar tiene 8 metros y hay 8 mesas de 4 personas, dos de 6 personas y una de 8.
La potencia eléctrica contratada es de 30 kilovatios y en el local hay instalada una máquina recreativa tipo A y otra, tipo B.
Las inversiones efectuadas el año anterior tuvieron el siguiente coste:
- Cada mesa costó 250 euros y cada silla 75.
- La barra tuvo un coste de 6.000 euros.
- El frigorífico 1.500 euros.
- La cafetera 1.200 euros.
Tanto en el ejercicio anterior como en el actual amortiza por el máximo posible.
A mediados del año se produjo un incendio en el bar, ocasionando daños por un valor de 1.000 euros, que no estaban cubiertos por el seguro. En el plazo establecido comunicó a la Agencia Tributaria estos hechos junto con las pruebas del mismo y las facturas de los gastos.
Determinar el rendimiento neto reducido total de la actividad.
Caso práctico activ. agrícolas
Ejercicio Resuelto
D. Pedro Luque es dueño de una finca de 500 fanegas dedicada a la ganadería lanar y al cultivo de avena. Además, tiene arrendada una finca aledaña de 250 fanegas. Los datos de su actividad agrícola han sido los siguientes:
- Ingresos por venta de cereal: 15.000 euros.
- Gasto del tractorista: 20.000 euros.
- Tiene un tractor comprado hace tres años por 40.000 euros al que le está aplicando una amortización del 20%.
- El cereal lo ha sembrado en 25 fanegas de tierras propias y en otras 25 de tierras arrendadas.
- Los datos de su actividad ganadera han sido los siguientes:
- El ganado lo tiene asentado en los libros por un importe de 60.000 euros y lo amortiza al 15%.
- Ingresos por venta de corderos: 50.000 euros.
- Gasto del pastor: 20.000 euros.
- El importe de los piensos adquiridos ha ascendido a 10.000 euros y el total de piensos consumidos tiene un valor de mercado de 18.000 euros.
- Ha recibido una ayuda de la PAC desacoplada de 48.000 euros.
- Le han practicado una retención del 2% por la venta de sus productos.
Determinar el rendimiento de sus actividades.
D. Pedro Luque es dueño de una finca de 500 fanegas dedicada a la ganadería lanar y al cultivo de avena. Además, tiene arrendada una finca aledaña de 250 fanegas. Los datos de su actividad agrícola han sido los siguientes:
- Ingresos por venta de cereal: 15.000 euros.
- Gasto del tractorista: 20.000 euros.
- Tiene un tractor comprado hace tres años por 40.000 euros al que le está aplicando una amortización del 20%.
- El cereal lo ha sembrado en 25 fanegas de tierras propias y en otras 25 de tierras arrendadas.
- Los datos de su actividad ganadera han sido los siguientes:
- El ganado lo tiene asentado en los libros por un importe de 60.000 euros y lo amortiza al 15%.
- Ingresos por venta de corderos: 50.000 euros.
- Gasto del pastor: 20.000 euros.
- El importe de los piensos adquiridos ha ascendido a 10.000 euros y el total de piensos consumidos tiene un valor de mercado de 18.000 euros.
- Ha recibido una ayuda de la PAC desacoplada de 48.000 euros.
- Le han practicado una retención del 2% por la venta de sus productos.
Determinar el rendimiento de sus actividades.
Caso práctico GANANCIAS PATRIMONIALES
Ejercicio Resuelto
D. Alfonso de Aragón, nacido el 1 de enero de 1953, ha realizado a lo largo del año 2019 las siguientes transmisiones:
- D. Alfonso vende el 3 de noviembre su vivienda en 100.000 euros habiendo satisfecho unos gastos de 1.000 euros. Esta vivienda la había adquirido el 7 de marzo 2006 por un importe de 70.000 euros y unos gastos de registro y notaría de 200 euros. Decide invertir 60.000 euros en la constitución de una renta vitalicia que constituye el 7 de enero del año siguiente.
- También enajena el 7 de agosto una vivienda que recibió por herencia de su padre que falleció el 1 de marzo de 1980, habiéndose valorado a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones en 22.000 euros. La transmisión se realizó por un precio de 120.000 euros y ha abonado 12.000 euros por el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Esta vivienda la tuvo arrendada dos años y amortizó por ella 1.800 euros cada año.
- El 16 de agosto enajena por 21.000 euros unas acciones de telefónica que adquirió el 14 de mayo de 1993 por 12.000 euros y que tuvieron una valoración a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2005 de 18.000 euros.
- El 12 de octubre dona a un sobrino suyo una parcela rústica que había comprado el 1 de agosto de 2007 por un importe de 10.000 euros habiendo satisfecho 900 euros por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y de gastos de registro y notaría. A efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la Junta de Andalucía la valoró 14.000 euros.
- El día 7 de agosto ganó en un concurso televisivo un premio de 10.000 euros.
Determinar el importe de las ganancias y pérdidas patrimoniales
D. Alfonso de Aragón, nacido el 1 de enero de 1953, ha realizado a lo largo del año 2019 las siguientes transmisiones:
- D. Alfonso vende el 3 de noviembre su vivienda en 100.000 euros habiendo satisfecho unos gastos de 1.000 euros. Esta vivienda la había adquirido el 7 de marzo 2006 por un importe de 70.000 euros y unos gastos de registro y notaría de 200 euros. Decide invertir 60.000 euros en la constitución de una renta vitalicia que constituye el 7 de enero del año siguiente.
- También enajena el 7 de agosto una vivienda que recibió por herencia de su padre que falleció el 1 de marzo de 1980, habiéndose valorado a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones en 22.000 euros. La transmisión se realizó por un precio de 120.000 euros y ha abonado 12.000 euros por el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Esta vivienda la tuvo arrendada dos años y amortizó por ella 1.800 euros cada año.
- El 16 de agosto enajena por 21.000 euros unas acciones de telefónica que adquirió el 14 de mayo de 1993 por 12.000 euros y que tuvieron una valoración a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2005 de 18.000 euros.
- El 12 de octubre dona a un sobrino suyo una parcela rústica que había comprado el 1 de agosto de 2007 por un importe de 10.000 euros habiendo satisfecho 900 euros por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y de gastos de registro y notaría. A efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la Junta de Andalucía la valoró 14.000 euros.
- El día 7 de agosto ganó en un concurso televisivo un premio de 10.000 euros.
Determinar el importe de las ganancias y pérdidas patrimoniales
Caso práctico global IRPF
Ejercicio Resuelto
D. Anselmo A A con NIF 1000B está casado en régimen económico de gananciales en segundas nupcias con Filomena F F con NIF 2000B. Por sentencia judicial le pasa a su anterior esposa con NIF 3000X una pensión compensatoria de 3.600 euros anuales y a su hijo una anualidad por alimentos de 4.200 euros. Filomena tiene un hijo, Rodrigo, con NIF 6000C, fruto de una relación anterior, nacido en 2005, y que recibe de su padre una anualidad por alimentos de 2.400 euros. El matrimonio tiene dos hijos comunes, Luis, nacido en 2011 y Antonio, nacido en 2018. Con ellos convive el padre de Filomena, Rigoberto R.R. con NIF 4000K que tiene una pensión de 18.000 euros anuales y una discapacidad del 33%. También conviven con ellos el padre de Anselmo, Leopoldo L L con NIF 5000D, que tiene una discapacidad del 48% y movilidad reducida percibiendo una pensión de 3.600 euros anuales.
Viven en una vivienda de su propiedad con un valor catastral revisado de 100.000 euros correspondiendo 60.000 a la construcción. Además, un mes después de la compra de la vivienda adquirieron una plaza de garaje en el mismo edificio y que tiene un valor catastral revisado de 6.000 euros correspondiendo 2.000 a la construcción.
El matrimonio es dueño de una vivienda que alquilaron a Jimena Jiménez con NIF 7000P el 1 de febrero por 300 euros mensuales y cuyo valor catastral revisado del suelo es de 96.000 euros, siendo de 60.000 el de la construcción. La compraron el 1 de enero de 2014 por un precio de 180.000 euros, con unos gastos de adquisición de 20.000 euros. Ha pagado 300 euros por el IBI, cantidad que tiene estipulado que no repercute al inquilino.
Dª Filomena trabaja en una asesoría fiscal y percibe por ello un salario de 24.000 euros anuales, con una retención por el IRPF de 2.100 euros y una cotización a la seguridad social a su cargo de 1.000 euros. Las cotizaciones a cargo de la empresa han ascendido a 6.000 euros. Además, la empresa ha realizado unas aportaciones a un plan de pensiones de 2.000 euros.
Tienen un paquete de 1.000 acciones de una sociedad que adquirieron por 60.000 euros en el año 2014 y que este año les ha reportado unos dividendos de 2.500 euros con una retención de 475 euros y unos gastos de administración y depósito de la cartera de 200 euros. Tras el cobro del dividendo han vendido 200 acciones por 18.000 euros. También poseen un plazo fijo que les ha reportado unos intereses de 1000 euros con una retención de 190 euros y una comisión de mantenimiento de 20 euros.
Dª Filomena abrió hace dos años una academia de inglés en un local de 140 metros cuadrados que tiene arrendado por 900 euros mensuales y tiene contratadas a dos personas a jornada completa, aunque una de ellas ha sobrepasado en 200 horas las fijadas en el convenio. El año anterior ambas trabajaron 1.800 horas. El coste salarial ha ascendido a 70.000 euros. Dª Filomena ha trabajado en la actividad 900 horas y los ingresos de la academia han ascendido a 120.000 euros. Ha ingresado en el modelo 131 del primer trimestre 300 euros pero no recuerda a cuanto ascendieron los de los otros tres trimestres, ya que no localiza a su asesor, pero sabe que cumplió con la obligación. Su inmovilizado, adquirido al comienzo de la actividad es de 3 ordenadores y 3 proyectores que le costaron 5.000 euros, IVA excluido, de los que tiene una amortización acumulada de 4.000 euros. El 1 de octubre ha puesto su propio mobiliario que ha tenido un coste de 4.000 euros, IVA excluido.
Su hijo Rodrigo es dueño de un olivar en el término municipal de Santaella del que ha obtenido unos ingresos por la venta de aceitunas de 5.000 euros, con una retención del 2%. Ha recibido una subvención de la PAC de 1.000 euros. La plantación la tiene registrada en el libro registro de inversiones por un valor de adquisición de 3.000 euros y una amortización acumulada de 8.000 euros, amortizando por la máxima cantidad posible. No tiene maquinaria por lo que todas las labores se las realiza una empresa de servicios agrícolas que le ha cobrado 2.100 euros este año y, además, por la recogida ha contratado trabajadores eventuales con un coste de 1.800 euros. La Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, ha reducido para el período impositivo 2019 el índice de rendimiento neto de los productos del olivo al 0,09 para el término municipal de Santaella.
D. Anselmo tiene un bar por el que paga un alquiler de 18.000 euros al año. Tiene contratado dos trabajadores con un salario de 15.000 euros anuales cada uno y unas cotizaciones a la seguridad social a cargo de la empresa de 4.800 euros, por cada trabajador. Las compras realizadas han sido de 30.000 euros, el gasto de luz ha ascendido a 10.000 euros y el de teléfono a 500 euros. Al asesor le ha abonado 2.400 euros y tuvo una avería que le ha supuesto un desembolso de 1.500 euros. Sus ingresos de explotación han ascendido a 100.000 euros. Tiene en el negocio una cámara frigorífica adquirida por 10.000 euros con 8.000 euros pendientes de amortizar y el 1 de abril compró una cafetera que le costó 2.500 euros. Siempre amortiza la máxima cantidad posible. Estas cantidades no llevan incluido el IVA. No ha presentado pagos fraccionados y la Agencia Tributaria no se los ha reclamado.
D. Anselmo ha aportado 2.000 euros a un plan de pensiones que tiene suscrito.
Se pide:
- Determinar los mínimos personales y familiares.
- Determinar el rendimiento del trabajo de Dª Filomena.
- Determinar el rendimiento de capital inmobiliario y las rentas inmobiliarias imputadas.
- Determinar el rendimiento del capital mobiliario
- Determinar las ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de doña Filomena.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de Rodrigo.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de don Anselmo
- Calcular las reducciones aplicables a la base imponible.
- Calcular las cuotas íntegras en declaración conjunta.
- Calcular el resultado de la declaración.
Nota: Determinar el resultado de la declaración del IRPF en las modalidades individual y conjunta.
D. Anselmo A A con NIF 1000B está casado en régimen económico de gananciales en segundas nupcias con Filomena F F con NIF 2000B. Por sentencia judicial le pasa a su anterior esposa con NIF 3000X una pensión compensatoria de 3.600 euros anuales y a su hijo una anualidad por alimentos de 4.200 euros. Filomena tiene un hijo, Rodrigo, con NIF 6000C, fruto de una relación anterior, nacido en 2005, y que recibe de su padre una anualidad por alimentos de 2.400 euros. El matrimonio tiene dos hijos comunes, Luis, nacido en 2011 y Antonio, nacido en 2018. Con ellos convive el padre de Filomena, Rigoberto R.R. con NIF 4000K que tiene una pensión de 18.000 euros anuales y una discapacidad del 33%. También conviven con ellos el padre de Anselmo, Leopoldo L L con NIF 5000D, que tiene una discapacidad del 48% y movilidad reducida percibiendo una pensión de 3.600 euros anuales.
Viven en una vivienda de su propiedad con un valor catastral revisado de 100.000 euros correspondiendo 60.000 a la construcción. Además, un mes después de la compra de la vivienda adquirieron una plaza de garaje en el mismo edificio y que tiene un valor catastral revisado de 6.000 euros correspondiendo 2.000 a la construcción.
El matrimonio es dueño de una vivienda que alquilaron a Jimena Jiménez con NIF 7000P el 1 de febrero por 300 euros mensuales y cuyo valor catastral revisado del suelo es de 96.000 euros, siendo de 60.000 el de la construcción. La compraron el 1 de enero de 2014 por un precio de 180.000 euros, con unos gastos de adquisición de 20.000 euros. Ha pagado 300 euros por el IBI, cantidad que tiene estipulado que no repercute al inquilino.
Dª Filomena trabaja en una asesoría fiscal y percibe por ello un salario de 24.000 euros anuales, con una retención por el IRPF de 2.100 euros y una cotización a la seguridad social a su cargo de 1.000 euros. Las cotizaciones a cargo de la empresa han ascendido a 6.000 euros. Además, la empresa ha realizado unas aportaciones a un plan de pensiones de 2.000 euros.
Tienen un paquete de 1.000 acciones de una sociedad que adquirieron por 60.000 euros en el año 2014 y que este año les ha reportado unos dividendos de 2.500 euros con una retención de 475 euros y unos gastos de administración y depósito de la cartera de 200 euros. Tras el cobro del dividendo han vendido 200 acciones por 18.000 euros. También poseen un plazo fijo que les ha reportado unos intereses de 1000 euros con una retención de 190 euros y una comisión de mantenimiento de 20 euros.
Dª Filomena abrió hace dos años una academia de inglés en un local de 140 metros cuadrados que tiene arrendado por 900 euros mensuales y tiene contratadas a dos personas a jornada completa, aunque una de ellas ha sobrepasado en 200 horas las fijadas en el convenio. El año anterior ambas trabajaron 1.800 horas. El coste salarial ha ascendido a 70.000 euros. Dª Filomena ha trabajado en la actividad 900 horas y los ingresos de la academia han ascendido a 120.000 euros. Ha ingresado en el modelo 131 del primer trimestre 300 euros pero no recuerda a cuanto ascendieron los de los otros tres trimestres, ya que no localiza a su asesor, pero sabe que cumplió con la obligación. Su inmovilizado, adquirido al comienzo de la actividad es de 3 ordenadores y 3 proyectores que le costaron 5.000 euros, IVA excluido, de los que tiene una amortización acumulada de 4.000 euros. El 1 de octubre ha puesto su propio mobiliario que ha tenido un coste de 4.000 euros, IVA excluido.
Su hijo Rodrigo es dueño de un olivar en el término municipal de Santaella del que ha obtenido unos ingresos por la venta de aceitunas de 5.000 euros, con una retención del 2%. Ha recibido una subvención de la PAC de 1.000 euros. La plantación la tiene registrada en el libro registro de inversiones por un valor de adquisición de 3.000 euros y una amortización acumulada de 8.000 euros, amortizando por la máxima cantidad posible. No tiene maquinaria por lo que todas las labores se las realiza una empresa de servicios agrícolas que le ha cobrado 2.100 euros este año y, además, por la recogida ha contratado trabajadores eventuales con un coste de 1.800 euros. La Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, ha reducido para el período impositivo 2019 el índice de rendimiento neto de los productos del olivo al 0,09 para el término municipal de Santaella.
D. Anselmo tiene un bar por el que paga un alquiler de 18.000 euros al año. Tiene contratado dos trabajadores con un salario de 15.000 euros anuales cada uno y unas cotizaciones a la seguridad social a cargo de la empresa de 4.800 euros, por cada trabajador. Las compras realizadas han sido de 30.000 euros, el gasto de luz ha ascendido a 10.000 euros y el de teléfono a 500 euros. Al asesor le ha abonado 2.400 euros y tuvo una avería que le ha supuesto un desembolso de 1.500 euros. Sus ingresos de explotación han ascendido a 100.000 euros. Tiene en el negocio una cámara frigorífica adquirida por 10.000 euros con 8.000 euros pendientes de amortizar y el 1 de abril compró una cafetera que le costó 2.500 euros. Siempre amortiza la máxima cantidad posible. Estas cantidades no llevan incluido el IVA. No ha presentado pagos fraccionados y la Agencia Tributaria no se los ha reclamado.
D. Anselmo ha aportado 2.000 euros a un plan de pensiones que tiene suscrito.
Se pide:
- Determinar los mínimos personales y familiares.
- Determinar el rendimiento del trabajo de Dª Filomena.
- Determinar el rendimiento de capital inmobiliario y las rentas inmobiliarias imputadas.
- Determinar el rendimiento del capital mobiliario
- Determinar las ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de doña Filomena.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de Rodrigo.
- Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de don Anselmo
- Calcular las reducciones aplicables a la base imponible.
- Calcular las cuotas íntegras en declaración conjunta.
- Calcular el resultado de la declaración.
Nota: Determinar el resultado de la declaración del IRPF en las modalidades individual y conjunta.
SOLUCIÓN
1.- Determinación de los mínimos personales y familiares
El mínimo personal es de 5.550 euros en cada declaración, ya sean individuales o conjunta.
El mínimo por descendientes en declaración conjunta es el siguiente:
Hijos convivientes | Edad | Común al matrimonio | Mínimo | Incremento < 3 años | Total |
Rodrigo | 14 | No | 2400 | 0 | 2400 |
Luis | 8 | Si | 2700 | 0 | 2700 |
Antonio | 1 | Si | 4000 | 2800 | 6800 |
Total | 11900 |
El mínimo por descendientes en la declaración individual de Anselmo es:
Hijos | Edad | Común al matrimonio | Mínimo | Incremento < 3 años | Total |
Luis | 8 | Si | 1200 |
| 1200 |
Antonio | 1 | Si | 1350 | 1400 | 2750 |
Total | 3950 |
El mínimo por descendientes en la declaración individual de Filomena es:
Hijos convivientes | Edad | Común al matrimonio | Mínimo | Incremento < 3 años | Total |
Rodrigo | 14 | No | 2400 | 0 | 2400 |
Luis | 8 | Si | 1350 | 0 | 1350 |
Antonio | 1 | Si | 2000 | 1400 | 3400 |
Total | 7150 |
Mínimo por ascendientes:
El padre de Filomena al tener rentas superiores a 8.000 euros anuales no genera el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes. No así el de Anselmo ya que sus rentas no llegan a esta cantidad. Anselmo tiene a 31 de diciembre 79 años y por tanto su mínimo será el general de 1.150 euros más otros 1.400 euros por ser mayor de 75 años. Este mínimo le corresponde a Anselmo en la individual y también en la conjunta.
Mínimo por discapacidad:
Como el padre de Anselmo tiene una discapacidad del 48%, corresponde por él un mínimo por discapacidad de 3.000 euros, que se incrementa en otros 3.000 euros por tener movilidad reducida. Como el anterior, le corresponde a Anselmo y también se aplicará en la declaración conjunta.
Declaración conjunta | |||||
Mínimo | Incremento | Total | |||
Mínimo personal | 5550 | 5550 | |||
Hijos convivientes | Edad | Común al matrimonio | |||
Rodrigo | 14 | No | 2400 | 0 | 2400 |
Luis | 8 | Si | 2700 | 0 | 2700 |
Antonio | 1 | Si | 4000 | 2800 | 6800 |
Total mínimo descendiente | 11900 | ||||
Mínimo por ascendiente | 79 | No | 1150 | 1400 | 2550 |
Mínimo por discapacidad | 44% y MR | 3000 | 3000 | 6000 | |
Total mínimos | 26000 | ||||
Declaración de Anselmo | |||||
Mínimo | Incremento | Total | |||
Mínimo personal | 5550 | 5550 | |||
Hijos convivientes | Edad | Común al matrimonio | |||
Luis | 8 | Si | 1200 |
| 1200 |
Antonio | 1 | Si | 1350 | 1400 | 2750 |
Total mínimo descendiente |
|
| 2550 | 1400 | 3950 |
Mínimo por ascendiente | 79 | No | 1150 | 1400 | 2550 |
Mínimo por discapacidad | 44% y MR | 3000 | 3000 | 6000 | |
Total mínimos | 18050 | ||||
Declaración de Filomena | |||||
Mínimo | Incremento | Total | |||
Mínimo personal | 5550 | 5550 | |||
Hijos convivientes | Edad | Común al matrimonio | |||
Rodrigo | 14 | No | 2400 | 0 | 2400 |
Luis | 8 | Si | 1350 | 0 | 1350 |
Antonio | 1 | Si | 2000 | 1400 | 3400 |
Total mínimo descendiente |
|
|
|
| 7150 |
Total mínimos | 12700 |
2. Determinar el rendimiento del trabajo de Dª Filomena.
La aportación al plan de pensiones es rendimiento del trabajo, pero a la vez reducirá la base imponible en esa misma cuantía.
3.- Determinación del rendimiento de capital inmobiliario y las rentas inmobiliarias imputadas.
Hay que tener en cuenta que los rendimientos del capital y las ganancias y pérdidas patrimoniales se consideran obtenidas por los contribuyentes que sean titulares de los bienes, derechos y demás elementos patrimoniales de que provengan. Como el supuesto no nos dice nada, hemos de suponer que el capital es común a ambos, por lo que hay que dividirlo entre ambos cónyuges. El programa para la confección de la declaración nos preguntará si el rendimiento de uno se quiere trasladar al otro cónyuge.
Vivienda del contribuyente y plaza de garaje: La vivienda habitual no genera imputación de rentas inmobiliarias, pero sí el garaje, ya que no ha sido adquirido en el mismo acto que la vivienda. Los requisitos para que la plaza de garaje tuviera la consideración de vivienda habitual es que se encontrara en el mismo edificio y se entregara en el mismo momento, efectuándose la transmisión en el mismo acto, aunque lo sea en distinto documento.
Por tanto, esta plaza de garaje genera la siguiente imputación de renta inmobiliaria a cada cónyuge:
I=VC*1,1%= 3.000*1,1=33€.
Vivienda arrendada: La vivienda que han tenido arrendada no lo ha sido por todo el año, sino por 11 meses. Por tanto, genera imputaciones de renta inmobiliaria por el mes de enero:
El valor catastral del inmueble es la suma del valor de la construcción más el del suelo, esto es, 156.000 euros, por lo que le corresponde a cada cónyuge un valor catastral de 78.000 euros.
La imputación de renta inmobiliaria a cada cónyuge es:
I=VC*1,1%= 78.000*1,1*31/365=72,87 €
Por tanto, la imputación de renta inmobiliaria total es la suma de la del garaje más la parte del mes de enero de la vivienda arrendada, esto es, 105,87 euros a cada cónyuge.
Por los 11 meses restantes el rendimiento neto del alquiler de la vivienda es el siguiente, teniendo en cuenta que los gastos que no sean específicamente del período en el que está arrendado han de ser prorrateados. Tanto ingresos como gastos están divididos y por tanto el cálculo es de la parte que le corresponde a cada cónyuge.
*Amortización: 100.000 x 30/78 x3% x 334/365 = 1.055,81
4. Determinar el rendimiento del capital mobiliario
El rendimiento íntegro de capital mobiliario está formado por la suma de los dividendos y de los intereses del plazo fijo. Y como gasto se deducirán los gastos de administración y depósito de la cartera de valores, pues las comisiones no son gasto deducible.
Rendimiento íntegro de capital mobiliario=1.250+500=1.750 euros
Rendimiento neto de capital mobiliario=rendimiento íntegro-gastos=1.750-100=1.650 euros
Aquí también, puesto que no se dice que la cartera sea privativa de alguno de los dos, este rendimiento ha de repartirse entre los dos cónyuges.
5. Determinar las ganancias y pérdidas patrimoniales.
El coste unitario de los títulos fue de 60 euros cada uno, por lo que el coste de los títulos vendidos asciende a 12.000 euros, es decir, que la ganancia será la diferencia entre el coste de adquisición y el de enajenación, esto es, 6000 euros, correspondiendo a cada cónyuge un valor de adquisición de 6.000 euros y un valor de enajenación de 9.000 euros, por lo que la ganancia será de 3.000 euros.
6. Determinar el rendimiento neto de la actividad empresarial de doña Filomena.
El supuesto no dice cuál es el régimen de estimación del rendimiento, pero puesto que sí sabemos que en el primer trimestre ha presentado el modelo 131 significa que está en régimen de estimación objetiva. De la misma forma, si el 131 del primer trimestre fue por un importe de 300 euros, los tres restantes lo son por la misma cantidad.
Aunque no sabe los ingresos de los pagos fraccionados, si ha cumplido con la obligación, los cuatro trimestres habrán sido iguales, lo que supone que ha realizado pagos fraccionados por importe de 1.200 euros.
Al estar en régimen de estimación objetiva por signos, índices o módulos no nos interesan ni los ingresos (salvo porque pueden determinar la exclusión para el siguiente ejercicio) ni los gastos en que haya podido incurrir.
Módulos aplicables a la actividad:
Módulo | Definición | Unidad | Rend. antes amort. |
1 | Personal asalariado | Persona | 1.253,49 |
2 | Personal no asalariado | Persona | 15.727,62 |
3 | Superficie del local | m2 | 62,36 |
Hay que tener en cuenta que la cuantía a efectos del índice corrector de exceso es de 33.697,55 euros, aunque veremos que no es de aplicación.
El incentivo al empleo contempla un coeficiente para el caso de que haya un incremento del número de personas empleadas. Pero no es de aplicación en este caso porque, aunque hay un incremento del número de horas trabajadas por los empleados que se traduce en un incremento del número de unidades de asalariados, no lo ha habido en el número de empleados.
La amortización del equipo informático es del 40%, por lo que podría deducir hasta 2.000 euros, pero como solo tiene pendientes de amortizar 1.000 euros, esta es la cantidad que amortiza. El mobiliario es amortizable al 25%, pero solo por el último trimestre del año.
Reúne los requisitos exigidos para la aplicación del índice correcto de empresas de pequeña dimensión, ya que es persona física que ejerce la actividad en un único local, no tiene vehículo afecto y aunque tiene asalariados, se establece en la orden que si hay hasta dos trabajadores se aplica el índice del 0,90.
7. Determinación del rendimiento neto de la actividad empresarial de Rodrigo
Fase 1ª
| Ingresos íntegros (x) índice de rendimiento neto= RENDIMIENTO NETO PREVIO | 540,00 |
6000 x 0,09= RNP |
| |
Fase 2ª
| RNP(−) Reducción por amortizaciones= RENDIMIENTO NETO MINORADO | 450,00 |
Amortización olivar = 3.000 x 3% = 90 |
| |
540 - 90 = 450 |
| |
Fase 3ª
| RNMi(×) Índices correctores = RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS | 344,25 |
Utiliz. P. asalariado: % utiliz. P. asalar.= 1800/6000=30% => ïndice 0,85 => 450 x 0,85= 382,5 |
| |
RNM< 9.000€ => 382 x 0,9 = 344,25 |
| |
Fase 4ª
| RNMo(−) Red. gral: 5% (−) ag. jóvenes: 25% (−) G, ext. (inc., inund,, hund.…) = RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD | 327,04 |
Red. Gral 5%=> 344,25 x 95% = |
| |
Fase 5ª
| RNA(−) Reducción por irregularidad: 30 por 100 = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD | 327,04 |
No procede |
| |
| Reducción para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros: 1.620 con límite de 327,04 | 0,00 |
Hay que tener en cuenta que la última reducción opera en el caso de que la declaración sea individual, pero si se optara por la conjunta esta reducción no operaría y el rendimiento neto reducido total de esta actividad sería 327,04 euros.
8. Determinación del rendimiento neto de la actividad empresarial de Don Anselmo
Aunque D. Anselmo no ha presentado los pagos fraccionados, al presentar la declaración se regulariza su situación, con lo que ya no se le exigirán los pagos fraccionados.
Cálculo de las amortizaciones:
Ingresos de explotación | 120.000,00 | ||
Total ingresos computables | 120.000,00 | ||
Gastos fiscalmente deducibles | |||
Compra de existencias | -30.000,00 | ||
Sueldos y salarios | -30.000,00 | ||
Seguridad Social a cargo de la empresa | -9.600,00 | ||
Arrendamientos y cánones | -18.000,00 | ||
Reparaciones y conservación | -1.500,00 | ||
Suministros (luz, agua, gas, telefonía e internet) | -10.500,00 | ||
Servicios de profesionales independientes | -2.400,00 | ||
Dotaciones para amortización de inmovilizado material | -1.187,50 | ||
Total gastos deducibles | -103.187,50 | ||
Diferencia | 16.812,50 | ||
Conjunto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación | -840,63 | ||
Rendimiento neto |
|
| 15.971,88 |
9. Calcular las reducciones aplicables a la base imponible.
D Anselmo ha aportado 2.000 euros a un plan de pensiones que tiene suscrito. Además, a Dª Filomena su empresa le hizo una aportación a un plan de pensiones empresarial de otros 2.000 euros. Por lo tanto, cada uno va a tener una reducción de 2.000 euros en su base imponible.
En la declaración conjunta la reducción por aportaciones a planes de pensiones será de 4.000 euros y además está la reducción de 3.400 euros por declaración conjunta.
En su declaración individual, D. Anselmo reducirá la base imponible en el importe de la pensión compensatoria que por un importe de 3.600 euros le pasa a su anterior esposa.
10. Calcular las cuotas íntegras en declaración conjunta.
En la declaración conjunta se integran todas los rendimientos y ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas por la unidad familiar para obtener la base imponible, esto es:
RNR del trabajo | 23.000,00 |
RNR del capital inmobiliario | 365,36 |
IRI | 211,74 |
RNR total de actividades económicas en estimación directa | 15.971,87 |
RNR actividades económicas en estimación objetiva, no agrícolas | 15.095,03 |
RNR en estimación objetiva, agrícolas | 327,04 |
Base imponible general: | 54.971,04 |
RNR de capital mobiliario | 3.300,00 |
Ganancias patrimoniales reducidas no exentas | 6.000,00 |
Base imponible del ahorro | 9.300,00 |
La base imponible general la reducimos en 3.400 euros por declaración conjunta, 4.000 por aportaciones a planes de pensiones y 3.600 por la pensión compensatoria. Queda así una base liquidable general de 43.971,04 euros.
Como abona a su hijo una anualidad por alimentos, dividimos la base liquidable en dos partes, una de 4.200 euros y otra de 39.771,04 aplicando las escalas a cada una de ellas. A cada una de ellas le aplicamos las escalas y las sumamos.
Las escalas para estos tramos de renta son:
- Estatal:
Base liquidable | Cuota íntegra | Resto base liquidable | Tipo aplicable |
Hasta euros | Euros | Hasta euros | Porcentaje |
0 | 0 | 12.450,00 | 9,5 |
20.200,00 | 2.112,75 | 15.000,00 | 15 |
35.200,00 | 4.362,75 | 24.800,00 | 18,5 |
Cuota anualidad: 4.200 x 9,5% = 399
Cuota resto base liquidable: 2.112,75+ (39.771,04 - 20.200,00) x 18,5% = 5.208,39
Total cuota estatal correspondiente a la base liquidable: 5.607,39
-Autonómica:
Base liquidable | Cuota íntegra | Resto base liquidable | Tipo aplicable |
Hasta euros | Euros | Hasta euros | Porcentaje |
0 | 0 | 12.450,00 | 9,75 |
12.450,00 | 1.213,88 | 7.750,00 | 12 |
20.200,00 | 2.143,88 | 7.800,00 | 15 |
28.000,00 | 3.313,88 | 7.200,00 | 16,2 |
35.200,00 | 4.480,28 | 14.800,00 | 18,9 |
Cuota autonómica anualidad: 4.200 x 9,75% = 409,50
Cuota autonómica resto B. liquidable: 4.480,28 + (39.698,18-28.000) x 16,2% = 5.344,21
Total cuota autonómica correspondiente a la base liquidable: 5.753,71
A continuación, calculamos la cuota que corresponde a la suma de los mínimos personales y familiares incrementados en 1980 euros por tratarse de una declaración conjunta:
Mínimo personal y familiar incrementado: 27.980 euros
Cuota estatal mínimo: 2112,75 + (27.980 – 20.200) x 15% = 3.279,75
Cuota autonómica mínimo: 2.143,88 + (27.980 – 20.200) x 15% = 3.310,88
Por último, se resta a la cuota estatal y autonómica la correspondiente a la del mínimo y obtenemos:
Cuota estatal general: 2.327,64
Cuota autonómica general: 2.442,83
Y el gravamen estatal y autonómico para este tramo de base liquidable del ahorro es en ambas escalas el mismo:
Base liquidable del ahorro hasta | Cuota íntegra | Resto base liquidable del ahorro hasta | Tipo aplicable |
0 | 0 | 6.000 | 9,5 |
6.000,00 | 570 | 44.000 | 10,5 |
Por tanto, aplicando este gravamen a los 9.300 euros obtenemos:
Cuota autonómica del ahorro = 570 + (9.300 – 6.000) x 10,5% = 916,5 euros
Cuota estatal del ahorro = 570 + (9.300 – 6.000) x 10,5% = 916,5 euros
Sumando las cuotas tenemos que:
Cuota íntegra estatal = 3.244,14 euros. | |
Cuota íntegra autonómica = 3.359,33 euros. |
11. Calcular el resultado de la declaración.
Minorando las cuotas en las deducciones obtendremos la cuota líquida. La única deducción que encontramos es la deducción andaluza por asistencia a personas con discapacidad, por un importe de 100 euros. Quedando entonces:
Cuota íntegra estatal = 3.244,14 euros.
Cuota líquida autonómica = 3.359,33 euros.
Sumando ambas cuotas tenemos la cuota resultante de la autoliquidación, por un importe de 6.603,47 euros.
Esta cantidad hay que minorarla en las retenciones y los pagos fraccionados:
Por último, Filomena ha trabajado todo el año y las cotizaciones a la seguridad social han sido superiores a 100 euros mensuales por lo que tiene derecho a la deducción de 1.200 euros por maternidad de su hijo Antonio.
Por tanto:
Resultado de la declaración en tributación conjunta: 1.238,47 euros a ingresar.
- Declaraciones:
Módulo 2º GA: EMPRESA EN EL AULA
- Mcgraw-hill temario y actividades y plantillas
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